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Omisas, alcaldesas de Apan e Ixmiquilpan en otorgar información a regidores

Guadalupe Muñoz Romero y Araceli Beltrán Contreras, alcaldesas de Apan e Ixmiquilpan, fueron señaladas de no entregar información requerida por asambleístas

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) acreditó las omisiones de las alcaldesas de Apan e Ixmiquilpan, Guadalupe Muñoz Romero y Araceli Beltrán Contreras, de no entregar información solicitada por regidores, lo que en el caso de la segunda derivó en una multa de 4 mil 471 pesos.

El síndico jurídico de Ixmiquilpan, Carlos Eduardo Portillo, promovió un incidente de incumplimiento de la sentencia JDC-145/2021, en la cual el pleno ordenó a la edil dar contestación a sus peticiones, pero no lo hizo.

El magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez señaló que la petista no acreditó haber acatado la resolución del 22 de octubre, por lo que ordenó hacerlo, apercibida de que podría recibir otra multa con un monto doble.

Por otra parte, en el recurso JDC-154-2021 promovido por el asambleísta Naxhyp Gutiérrez Márquez y otros, el tribunal dio un plazo de cinco días hábiles a la presidenta municipal de Apan, de origen priista, para dar respuesta.

Según la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga existió una "dilación injustificada", pues transcurrieron siete meses desde el ingreso de una solicitud dirigida a la alcaldesa y al secretario general, en tanto en cuatro casos más pasaron entre uno y dos meses, lo que genera una vulneración a sus derechos político electorales de ejercicio del cargo.

El magistrado Leodegario Hernández Cortez recordó que el TEEH ha resuelto numerosos casos como esos, pero insistió en el derecho de los ediles de acceder a la información de sus municipios, por ejemplo: sostuvo que antes de la firma de cualquier contrato por parte del ayuntamiento, tienen el derecho de conocer sus términos

DESECHAN JUICIO EN HUEJUTLA

El tribunal desechó el recurso JDC-149/2021 promovido por la síndica jurídica de Huejutla de Reyes, Martha Margeri Rivera Núñez, contra el alcalde Daniel Andrade Zurutuza, por presunta obstrucción de sus funciones.

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La actora argumentó que en la sesión de cabildo del 12 de octubre no se le permitió hacer uso de la voz, la interrumpió e ignoró su petición de modificar el orden del día, para lo cual ofreció un vídeo como prueba.

Sin embargo, en este se evidencia que en la sesión ejerció plenamente sus derechos, votando los puntos del orden. Además, la Oficialía Mayor del municipio señaló en un oficio que no le fue entregada la petición de modificación del orden del día, en tanto la quejosa no presentó pruebas para acreditar su dicho.

Hernández Cortez señaló que Rivera también argumentó violencia política de género por parte del edil pesista, pero este tema fue turnado al Instituto Electoral de Hidalgo (IEEH) para que en su ámbito de competencia determine si existen elementos para integrar un procedimiento especial sancionador.

 

sjl