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Por clausura de comercios, promueven dos amparos contra Camacho

Inspectores del ayuntamiento clausuraron un restaurante por permitir aglomeración de personas y retiraron de la vía pública un puesto ambulante de refacciones

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.– Por la clausura de sus comercios, dos ciudadanos de Mineral de la Reforma promovieron juicios de amparo ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) en contra del alcalde Raúl Camacho Baños e inspectores de la Dirección de Reglamentos y Espectáculos de este municipio.

Lo anterior, luego de que durante la contingencia sanitaria por covid-19, cesaron un establecimiento de alimentos, giro comercial que tienen permitido operar durante la pandemia; y otro de venta de accesorios para vehículos que intentaron remover de la vía pública.

De acuerdo con las listas en línea del PJF, el pasado 26 de mayo, Loreto H.R interpuso un amparo indirecto ante el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo por la clausura de su establecimiento comercial, acto del que señaló responsable al presidente municipal de Mineral de la Reforma, Raúl Camacho Baños y a la Dirección de Reglamentos de este mismo ayuntamiento, ya que fue quien efectuó la orden.

El quejoso reclamó que la clausura violentó los artículos constitucionales 14 y 16 que enuncian que “nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos” ni “ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones”, respectivamente.

El juicio de amparo radicado bajo el número 347/2020 se inició luego de que el 9 de mayo, inspectores clausuraron el establecimiento denominado La Cabañita, tras recibir una denuncia ciudadana respecto a que dicho inmueble, ubicado sobre la carretera Pachuca-Tulancingo, concentraba comensales al interior a pesar de la emergencia por covid-19.

Sin embargo, la parte inconforme alegó tener una cédula de identificación fiscal que avalaba su negocio de alimentos, actividad considerada como esencial en las disposiciones federales publicadas el 31 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF); además, argumentó que para operar implementaba medidas sanitarias sugeridas por las autoridades.

Aunque la demanda de juicio de amparo fue admitida, la titular del Juzgado Primero de Distrito negó la petición a la quejosa, al señalar que, si bien su giro comercial pude laborar, debió evitar aglomeraciones.

De igual manera resultó improcedente porque La Cabañita era un establecimiento mercantil cuya licencia no había sido revalidada.

Un día después, María Guadalupe V. M. promovió un juicio ante este mismo juzgado, el cual ingresó el 27 de mayo a la mesa cinco del Primero de Distrito, de acuerdo a lo que muestran los estrados en línea del Poder Judicial de la Federación.

Mediante este juicio reclamó que el 25 de mayo el ayuntamiento de la Reforma, a través de los inspectores de Reglamentos y Espectáculos, ordenó retirar el puesto ambulante localizado en la carretera Pachuca-Ciudad Sahagún, a la altura de la colonia Las Águilas.

En este caso, a diferencia del pasado, la juzgadora pidió que no se ejecutara la acción de levantar el comercio en tanto se resuelva de manera definitiva dicho amparo con número 351/2020.

sjl