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Vincular derechos humanos y corrupción

La vinculación entre los derechos humanos y el fenómeno de la corrupción, requiere del estudio de múltiples factores. | Javier Tapia*

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Escrito en OPINIÓN el

¿Cómo establecer esa vinculación entre los derechos humanos y la corrupción? Iniciar con el estudio de los derechos humanos a la luz de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en cuyo texto se reconocen estos y se establecen las garantías para su cumplimiento, siempre a cargo de los tres órdenes de gobierno y poderes del Estado mexicano, es un buen principio.

La corrupción como fenómeno social, representa una importante fuente de información sobre las circunstancias de las que derivan múltiples formas de violación a los derechos humanos. Los actos de corrupción por sí mismos implican una forma de violentar el orden jurídico, el estado de derecho y, por tanto, transgreden el sistema de protección de derechos humanos de los gobernados y, en general, de todas las personas que se encuentren en México. 

Entender la corrupción como un acto irregular o ilegal, por principio de cuentas, es un avance, hemos dicho en varios espacios académicos y profesionales, que se trata de un fenómeno multifactorial, es decir, en su ejecución participan diversas circunstancias, sujetos o personas, así como condicionantes socio-jurídicas, cuyas consecuencias afectan directa o indirectamente la efectividad de los derechos humanos de terceros, esto es, de personas no involucradas en los actos de corrupción. 

Por otra parte, el conocimiento de los derechos humanos es indispensable para estar en posibilidad de buscar y encontrar salidas jurídicas viables, objetivas, concretas y eficaces a los problemas derivados de su vinculación con la ejecución de actos de corrupción. En otras palabras, si logramos entender las dinámicas de la corrupción, entonces tendremos mayor margen de maniobra para afrontarla con éxito y con ello prevenir violaciones a los derechos humanos en su conjunto.

Diremos entonces que hablar de corrupción en inicio supone per se un acto o conducta atentatoria de los derechos humanos, un acto o conducta que condiciona el goce pleno de estos derechos. En estos tiempos de la contingencia sanitaria por el covid-19, el derecho humano a la salud, pende de un hilo cuando, como consecuencia de la corrupción, médicos, enfermeros y el personal de salud en general no poseen los insumos necesarios para hacer frente eficazmente a la pandemia, haciendo nugatorio no solo el derecho a la salud de terceros, sino el de estos mismos. 

En un ámbito más general, la corrupción irrumpe contra el pleno disfrute de los derechos humanos, cuando como consecuencia de actos o conductas de personas corruptas, particularmente servidores públicos, se desvían recursos públicos destinados a garantizar estos derechos, causando con ello condiciones de deficiencia e ineficacia en los servicios prestados por el Estado, como los de salud, funcionando en diversos casos bajo condiciones infrahumanas.

En este sentido, las razones que impulsaron la existencia de mecanismos anticorrupción desde un plano global y doméstico o nacional, como el Sistema Nacional Anticorrupción de 2015, se fundaron especialmente en la idea de contrarrestar actos irregulares o ilegales como el soborno y el cohecho derivados de la contratación de bienes y servicios para el Estado, así como en el uso irregular o indebido de los recursos públicos. 

Sin embargo, la vinculación entre los derechos humanos y el fenómeno de la corrupción, requiere del estudio de múltiples factores que no solo tienen que ver con la contratación de bienes y servicios para el Estado, y tampoco se puede referir a personas en su posición de agentes corruptos (activos o pasivos, servidores públicos o particulares), sino con el desempeño de las instituciones públicas y privadas que trascienden a la esfera de los derechos humanos, impactando en el plano individual y colectivo de las personas.

El estudio de la vinculación entre los derechos humanos y la corrupción, requiere una convocatoria decidida a la sociedad en general, especialmente a la sociedad civil organizada, a la academia y organizaciones profesionales, entre otras, a fin de participar en un debate razonado y constructivo, que inicie por el reconocimiento y visibilización de las grandes y graves fallas o carencias que -como sociedad- tenemos en todos los ámbitos de la función pública (sea en la justicia, en la salud, en la educación, la seguridad, el trabajo, las libertades, etcétera), y que tenga por objetivo fundamental el establecimiento de mecanismos institucionales acordes con las nuevas realidades, necesidades y desafíos de la humanidad. 

*Javier Quetzalcóatl Tapia Urbina

Docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México