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Quejas y denuncias en materia de Violencia Política contra las Mujeres

Nos corresponde difundir herramientas y fomentar la denuncia para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia de género. | Carla Humphrey

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Escrito en OPINIÓN el

El 13 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas leyes para prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, destacando en materia electoral la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral, Ley General de Partidos Políticos y la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

En particular, en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se determinó que la violencia contra las mujeres es cualquier acción u omisión, incluida la tolerancia, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como público.

En este sentido y toda vez que la violencia puede presentarse en diversas formas y expresiones que afecten a las mujeres, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó a través de su Consejo General el 31 de agosto de 2020 (acuerdo INE/CG252/2020), el Reglamento de Quejas y Denuncias en materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género con la finalidad de atender las acciones u omisiones que atenten en contra del ejercicio pleno de los derechos políticos y electorales de las mujeres.

Para ello, en dicho Reglamento se establecieron criterios claros respecto a la competencia, sustanciación y trámite expedito para los procedimientos sancionadores que se presenten en materia de violencia política de género, así como a las medidas que, en su caso, se adopten por la autoridad electorales como las cautelares y de protección.

Ahora bien, el Consejo General del INE conoció en una sesión ordinaria celebrada el pasado 24 de marzo un informe respecto de las quejas, denuncias y/o vistas presentadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género que se encontraban en sustanciación antes del 13 de abril de 2020, fecha en que se publicó la reforma.

Asimismo, el informe abarca también el periodo del 14 de abril de 2020 al 22 de marzo de este año que incluye, además, las quejas y denuncias que en esta materia se han presentado, así como las que por incompetencia han sido remitidas a diversas instancias y el trámite dadas por las mismas.

Hasta antes de la publicación de la reforma referida se encontraban en sustanciación 3 procedimientos ordinarios sancionadores y 1 procedimiento especial sancionador, de los cuales 2 continúan en sustanciación; 1 procedimiento ordinario y uno especial fueron resueltos a la fecha de la presentación del informe.

Del 14 de abril de 2020 al 22 de marzo del año en curso, se han presentado 55 quejas o denuncias en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, de las cuales la autoridad electoral determinó la incompetencia en 41 de ellas, remitiendo la denuncia o queja a la instancia que consideró competente entre las que se encuentran la Secretaría de la Función Pública, un Congreso Estatal, partidos políticos, Organismos Públicos Locales Electorales, Comisión Estatal de Derechos Humanos, entre otros.

Es importante referir que el INE, a través de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, responsable de dar atención a dichos procedimientos, ha recibido 9 medios de impugnación en contra de las determinaciones de incompetencia, de las cuales 5 fueron confirmadas, 1 fue revocada, 1 está pendiente de resolución, 1 se tuvo por no presentada y 1 medio de impugnación fue desechado. Esto significa que el 95.12% de las determinaciones de la Unidad han quedado firmes.

Este informe nos permite visibilizar el número de quejas que se presenten por violencia política contra las mujeres y transparentar el trámite que han tenido, hasta el momento, las diversas denuncias y quejas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género. Como autoridad electoral lo que nos corresponde es difundir este tipo de herramientas y fomentar la denuncia, así como facilitarle a la población el apoyo en la tramitación de las mismas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia de género que atenta contra los derechos humanos de las mujeres y va en sentido contrario con nuestro sistema democrático.