Main logo

La Cámara de Diputados: teatro del absurdo

El Juicio político contra Rosario Robles es un engaño y una violación constitucional. | Adolfo Gómez Vives

Por
Escrito en OPINIÓN el

La impartición de justicia implica, en primer término, la observancia de la norma jurídica. Los legisladores, principales responsables de la creación de las leyes, son los primeros obligados a respetarlas.

Tatiana Clouthier escribió en Twitter: “estamos en un momento histórico. Hoy, por primera vez desde hace 93 años se llama a cuentas en Cámara a un ex secretario a rendir cuentas en juicio político. La estafa maestra no quedará impune!”.

Su atropellada redacción hizo juego con su ignorancia y su afán de protagonismo.

Habría bastado con que la diputada por Morena se asomara al artículo 110 de la Constitución, para darse cuenta que el juicio político sólo es procedente contra servidores públicos en funciones y que Rosario Robles Berlanga renunció a su último encargo el 30 de noviembre de 2018, por lo que tal procedimiento se queda sin materia.

Según ese artículo constitucional, Rosario Robles debió estar presente durante el acto en calidad de inculpada, lo que no ocurrió por estar detenida desde el 13 de agosto de 2019, acusada de ejercicio ilícito del servicio público.

Y aunque el artículo 23 constitucional precisa que “nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito”, la bancada morenista y sus afines pretendieron con esta farsa, desviar los pocos reflectores que pudiera haber tenido el albazo, con el que la Cámara de Diputados legisló la posible permanencia de éstos y de los senadores en sus encargos hasta el 2030.

El 110 constitucional prevé que la sanción contra Rosario Robles consiste en su destitución como servidora pública —lo que no puede ocurrir por haber renunciado desde hace más de un año— y en su inhabilitación para “desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público”, lo que tampoco resulta procedente pues ya la Secretaría de la Función Pública la inhabilitó por diez años.

La figura del juicio político apareció en la constitución el 28 de diciembre de 1982, pero el procedimiento para su aplicación surgió hasta el 31 de diciembre de ese año, con la publicación de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, por lo que no queda claro a qué se refirió la legisladora por Sinaloa al señalar que dicho procedimiento se aplicará por primera vez desde hace 93 años, cuando dicha figura no estaba contemplada en la Constitución. El cuestionable manejo de las crisis de salud y financiera por parte del poder Ejecutivo tiene en la Cámara de Diputados a un distractor con la calidad moral de un teatro de burlesque, en el que exhibir la ignorancia propia es el medio para distraer a la opinión pública de los grandes problemas