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Grupos vulnerables ante el coronavirus covid-19

La restricción en el acceso a los servicios médicos que requieren los grupos vulnerables, implican una clara violación al derecho a la salud. | Javier Tapia*

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Escrito en OPINIÓN el

Visibilizar a grupos vulnerables ha sido, desde siempre, más un objetivo político o de intereses políticos, que una tarea humanista. La acepción de grupos vulnerables no se reduce a las concepciones simplistas como grupos de población con limitaciones, carencias o debilidades personales, más bien hay que entenderlos como grupos de personas cuya situación es consecuencia de las limitaciones, carencias y debilidades institucionales o de los Estados (países) que no han logrado hacer efectivo el goce pleno de los derechos humanos para todas y todos.

Podríamos decir que la existencia de los grupos vulnerables no es para nada nueva, han estado presentes por las carencias socio-económicas de la población en periodos y procesos históricos determinados, en planos geográficos particulares y desarrollados bajo estructuras culturales, políticas y gubernamentales débiles o decadentes. 

En México, los derechos de los grupos vulnerables adquirieron especial reconocimiento a través de la Ley General de Víctimas (2013), como grupos de población con características particulares o en mayor situación de vulnerabilidad en razón de su edad, género, preferencia u orientación sexual, etnia, condición de discapacidad y otros, como: niñas y niños, jóvenes, mujeres, adultos mayores, migrantes, miembros de pueblos indígenas, personas defensoras de derechos humanos, periodistas y personas en situación de desplazamiento interno. 

De esta manera, las obligaciones de los Estados o naciones en materia de protección de los derechos humanos ante la actual pandemia se vieron exponencialmente incrementadas, especialmente por y para estos llamados grupos vulnerables que, además, de acuerdo con los parámetros emitidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Corte Interamericana de Derechos Humanos, se debe considerar también a refugiados, apátridas, personas privadas de la libertad, mujeres embarazadas o en período de post parto, personas afrodescendientes, personas que viven del trabajo informal, a la población de barrios o zonas de habitación precaria, las personas en situación de calle, personas en situación de pobreza, y -ahora más que nunca- el personal de los servicios de salud que atienden esta emergencia. 

Digamos que en estos tiempos de pandemia la población expuesta es literalmente toda en el plano global, sin embargo, en el caso de los grupos vulnerables se trata de grupos sociales cuya situación de desventaja para enfrentar las consecuencias del coronavirus pueden tornarse hacia escenarios de mucho mayor riesgo y gravedad. 

En estos tiempos, los derechos humanos a la vida y a la salud, penden de un hilo cuando, como consecuencia del coronavirus covid-19, personas consideradas dentro de cualquiera de los mencionados grupos vulnerables, enfrentan no sólo un microscópico -pero mortal- virus, sino también las deficiencias estructurales de sistemas políticos y económicos sujetos a muchos y muy diversos intereses, lamentablemente pocos relacionados con la protección y defensa de los derechos fundamentales.

México y el mundo atraviesan similares problemas de carácter estructural, incluso las potencias dejaron de ser potencias frente a este virus y han sido doblegadas como Estados Unidos de América con más de 150 mil muertos, México con cerca de 48 mil defunciones (ambas cifras al 2 de agosto) y van en aumento. 

El escenario es catastrófico cuando visibilizamos precisamente a los grupos de personas en especial situación de vulnerabilidad, por ejemplo; el caso de los migrantes en contexto de migración internacional en el continente Americano, quienes por sí mismos ya transitan o se desplazan bajo las más complicadas circunstancias, de alto riesgo a su seguridad e integridad personal y que, ahora frente a la pandemia, han visto recrudecida su situación por las medidas que algunos países han implementado como: el cierre de fronteras -incluso para sus propios nacionales-, o internamente, en algunas entidades federativas del país, donde las medidas restrictivas de derechos representan al mismo tiempo un obstáculo para el ejercicio de éstos.

La limitación o restricción en el acceso a los servicios médicos de calidad que requieren especialmente los grupos vulnerables, implican una clara violación al derecho a la salud y, frente al coronavirus covid-19, coloca en franco y grave riesgo el derecho a la vida de las personas. De ahí la importancia del cumplimiento de compromisos internacionales en materia de protección a los derechos humanos, que haga efectivo el disfrute de estos derechos conforme a estándares internacionales en cuanto a accesibilidad, idoneidad, disponibilidad, calidad e información, particularmente en materia de salud, para enfrentar la pandemia de manera eficaz.

* Javier Quetzalcóatl Tapia Urbina

Docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.