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El populismo penal y la prisión preventiva

México vive una crisis de seguridad pública, aunada a una deficiente procuración de justicia. | Ramón Celaya

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Escrito en OPINIÓN el

Uno de los reclamos más sólidos durante mucho tiempo en México, fue el mal funcionamiento del sistema de justicia penal, muchas razones quedaron expuestas en el diagnóstico que se realizó al anterior sistema de justicia penal o sea el inquisitivo, precisamente fue que en la mayoría de los delitos que se cometían en el país, se imponía a los acusados como pena, la prisión preventiva, de tal suerte que la prisión era la regla y no la excepción, no importando que se tratara de delitos no graves e incluso aun sin contar con las pruebas idóneas y objetivas para fundar y motivar un acto de autoridad de esta naturaleza.

Arbitrariedades, actos ilegales y negligentes volvieron al Ministerio Público “disfuncional”, como en alguna ocasión lo llamó el ex Ministro Juventino Castro, forjándose una trágica tradición de encarcelar inocentes y como una nefasta forma de investigación policial y ministerial. Así fue como se hizo evidente que el país necesitaba un nuevo Sistema de Justicia Penal, de esta manera, el 18 de junio de 2008, fuimos testigos de una gran reforma constitucional que implementó el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio ¿qué implicaba esta Reforma? básicamente un proceso penal de corte acusatorio y oral, con pleno respeto a los derechos humanos de víctimas y acusados, pero en esencia se trató de volver a la justicia más humana, respetuosa de la dignidad del detenido, que reconociera que el Derecho Penal es la forma más violenta con la que cuenta el Estado para hacer sentir su acción, por eso la doctrina considera al Derecho Penal de “última ratio”, es decir, es la última razón y defensa que se tiene para salvaguardar el interés común dentro de una sociedad, así, uno de los pilares de este nuevo sistema fue la implementación expresa del principio de presunción de inocencia, por el que se considera inocente a una persona hasta que no sea declarada su responsabilidad, mediante sentencia emitida por un juez.

Las implicaciones que trajo la presunción de inocencia en el orden jurídico nacional, fue que se reconociera al inculpado su derecho a la libertad, que el Estado sólo podría privarlo de la libertad cuando existieran suficientes elementos incriminatorios, y que el Ministerio Público tendría la carga de la prueba, es decir, la obligación de probar la acusación, lo que garantizaba que la prisión preventiva sería la excepción y no la regla, a los procesos que se iniciaran en el nuevo sistema. Pero, ¿qué pasó en el camino, que esto no se cumplió? el sistema se pervirtió con la participación de los operadores jurídicos que argumentaron que contar con un catálogo de delitos volvía al sistema una puerta giratoria que permitía a los delincuentes obtener la libertad y quedar impunes. Así, jueces, ministerios públicos y policías abrieron el camino para el populismo penal. Este sistema, es un modelo de justicia que ha fracasado en el mundo, porque no entiende las causas del fenómeno criminal y la única solución que entiende, es aumentar las penas a los delitos y su correspondiente pena de prisión, en México los legisladores no han estado exentos de incurrir en el populismo penal, pero parecía que, con la entrada en vigor del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, ya lo habían superado como mala práctica legislativa. El 30 de julio de 2020, el Senado de la República aprobó Reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, para aplicar prisión preventiva oficiosa a 6 nuevos delitos que se anexan al famoso catálogo ya existente, entre otros; delitos electorales, uso de pistolas de juguete para delinquir y tráfico de totoaba (especie protegida).

En conclusión, con la prisión preventiva oficiosa, observamos un debilitamiento de los derechos fundamentales de los ciudadanos, una criminalización de las conductas poco lesivas para la sociedad y el riesgo de que dichas figuras se utilicen con fines político-electorales, en síntesis, la politización de la justicia. Desde que se planteó la propuesta e implementación del nuevo sistema de justicia penal acusatorio, se estudiaron figuras relevantes que ayudarían a despresurizar el sistema de justicia y penitenciario, así como, mecanismos alternos de solución de controversias, porque hay que estar convencidos de que el crimen no se resuelve solamente con más prisión, sino con una política pública en materia de prevención del delito, justicia restaurativa y mediación de conflictos. México vive una crisis de seguridad pública, aunada a una deficiente procuración de justicia, que si no se atiende por medio de políticas públicas transversales, corremos el riesgo de generar prisión preventiva oficiosa para todos los ciudadanos, que tengan el infortunio de involucrarse en un proceso penal.