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¿Basta con una disculpa?

Ofrecer una disculpa pública para reparar el daño ocasionado a una víctima es importante, pero nunca es suficiente. | José Antonio Sosa Plata

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Escrito en OPINIÓN el

El caso de Yoseline Hoffman sentó un precedente importante en la justicia que se imparte en nuestro país. La reparación del daño y el ofrecimiento de una disculpa pública que le fueron impuestas demostró —como en pocas ocasiones— que la justicia no siempre se logra enviando a la cárcel a quienes cometen un delito. 

La reparación del daño es una opción de la justicia restaurativa. De acuerdo con las Naciones Unidas, se trata de “una respuesta evolucionada al crimen, que respeta la dignidad y equidad de cada persona, construye comprensión y promueve armonía social a través de la ‘sanación’ de la víctima, infractor y comunidad”.

La justicia restaurativa tiene tres objetivos principales: pena merecida al infractor, reparación de los daños provocados por el agresor y disuasión de que reincida o cometa otros delitos. En cualquier caso, la exposición pública tiene el potencial de generar una mayor conciencia social y de inhibir en otras personas este tipo de conductas. Si se revisan con detalle las declaraciones de Ainara, la joven víctima que denunció a Yoseline, queda claro que se buscó cumplir con dichos objetivos.

Por si no lo leíste: La justicia no siempre se logra con cárcel, la enseñanza que nos dejó Ainara. La Cadera de Eva, 2 Diciembre 2021.

Sin embargo, llama la atención que la amplia difusión concedida a esta resolución judicial no haya tenido la misma importancia ni el mismo tratamiento noticioso que se ha dado a los cinco agresores de Ainara. Si bien se podrían comprender las razones políticas, económicas o de interés periodístico detrás de la decisión, algunos agresores siguen prófugos y otros  sin recibir el castigo merecido, no obstante haber cometido el delito mayor en este caso.

A pesar de los avances, la actuación de algunas autoridades sigue siendo en muchos casos una expresión de la inequidad, violencia de género, machismo, misoginia, discriminación, racismo, homofobia y revictimización. En esta ocasión, también se puso en evidencia que en los procesos de búsqueda para obtener justicia, los medios de comunicación y las plataformas de las redes sociales deberían tener una participación más responsable, cuidadosa y objetiva. No se trata de imponerles criterios o contenidos sobre su trabajo. Tampoco se busca atentar contra sus intereses o su libertad de expresión. Lo importante es que comprendan y se sumen a los objetivos de la justicia restaurativa.

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Hay que insistir: el daño emocional, material y a la reputación que se puede ocasionar no se reparan solo con la disculpa o el derecho de réplica. Mucho menos con el “linchamiento” mediático de un presunto agresor o con el montaje de un espectáculo, cuyo fin es incrementar los niveles de audiencia o hacer política con el escándalo. La justicia se puede alcanzar por otras vías, cierto, pero no al margen de la ley o de un código de ética.

Por otro lado, uno de los principios de la justicia restaurativa está relacionado con el involucramiento de todas las partes que están relacionadas directa o indirectamente con el conflicto. La solución o mitigación de las consecuencias negativas es más rápida cuando se exploran las nuevas opciones para reparar los daños ocasionados. Por eso es necesario identificar aquellos casos y situaciones que contribuyen de manera más efectiva a reducir algunos delitos.

También puedes leer: “Cirugías estéticas, primordiales en reparación del daño en ataques de ácido”. La Cadera de Eva, 6 Julio 2021.

Aunado a lo anterior, la participación de la sociedad en los procesos de justicia restaurativa tiene que incrementarse. Esto implica definir reglas y procedimientos. Por un lado, porque fortalece la solución pacífica de algunos conflictos surgidos de un delito, de manera particular cuando se busca mitigar sus consecuencias negativas. Por el otro, porque construyen mejores relaciones sociales a partir de la promoción de prácticas comunitarias responsables.

La justicia restaurativa es un método que va más allá del conflicto entre quienes delinquen y las víctimas. En el marco de un nuevo y más eficaz modelo de justicia, la difusión pública de las sanciones y acuerdos para reparar el daño son absolutamente indispensables. Primero, para denunciar y exhibir el comportamiento delictivo como inaceptable. Segundo, para dar voz y apoyo a las víctimas. Y tercero, para que se reconozcan y tomen en consideración las necesidades de las y los afectados.

Lee más: Reparación del daño no llega a la mitad de las víctimas de la L12: abogado.

Buena parte de las acciones que acompañan a los procesos de reparación del daño tienen que ver con la comunicación política. De ahí la importancia de trabajar con seriedad y profesionalismo debido a las implicaciones e impactos que se provocan en la sociedad y también en la lucha por el poder. Al igual que en las interacciones personales, todo lo que decimos y hacemos en los medios y en las redes sociales tiene consecuencias y riesgos que hay que evaluar antes de enviar cualquier mensaje a través de estas cajas de resonancia.

Uno de los fundamentos que tiene esta interesante perspectiva es comprender que los delitos que se cometen a diario no solo violan la ley y provocan daños, a veces irremediables, a las víctimas. También afectan de muchas formas a la sociedad. En consecuencia, los casos que se presentan en el ecosistema de comunicación tienen que promover la concientización social y fortalecer la cultura de apego a la legalidad.

Consulta: Jaqueline Sinay Pinacho Espinosa. “El derecho a la reparación del daño en el Sistema Interamericano”. México: Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), 2019.

El Código Penal Federal establece que la reparación del daño debe ser “integral, adecuada, eficaz, efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida”. Si bien estos conceptos son subjetivos y por lo tanto sujetos a diversas interpretaciones, la experiencia ha demostrado que la vida de las personas nunca volverá a ser como era antes del delito. Y qué decir de una situación extrema como lo es la muerte.

En cualquier circunstancia, la justicia restaurativa implica llegar a acuerdos y negociaciones que tienen como punto de partida aceptar la disculpa del infractor, agresor o delincuente. Quienes lo han sufrido en carne propia saben que no es fácil. Y menos cuando se puede conmutar la prisión por las medidas reparatorias.

Te recomendamos: Natalia Rueda. “La reparación de los daños por violencia de género (que no violencia contra las mujeres ni violencia de pareja): hacia una superación del ineficaz populismo punitivo”. México: Revista de la Facultad de Derecho de México, UNAM, Volumen 70, Número 278-2, Septiembre- Diciembre 2020.

El ejemplo que dio Ainara demuestra los valiosos alcances que puede tener la reparación del daño: “Buscamos el camino para que la sanción pudiera seguir una función pedagógica y que, en lugar de que Yoseline siga en la cárcel, pudiera salir, pero sujeta a una serie de condiciones con las que pudiera cambiar su forma de comunicar, de tratar a las mujeres, y con las que hubiera un cambio real en ella y en la sociedad”.

Pero el caso aún no está cerrado. A las autoridades les corresponde actuar hasta que se castigue a los otros responsables con estricto apego a la ley. A todas y todos los involucrados directamente e indirectamente en el caso, que lo que se logró con este acuerdo no termine invisibilizando las otras formas de violencia que hubo en contra de Ainara.Y esto involucra también a los medios de comunicación y redes sociales.

Recomendación editorial: “Manual sobre programas de justicia restaurativa”. Nueva York: Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, 2006.