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A planear el futuro en beneficio de la población

El primer eslabón de conducción de la administración pública. | Fernando Díaz Naranjo

Por
Escrito en OPINIÓN el

Uno de los aspectos que deben de cumplir las autoridades que resultaron electas el pasado primero de julio, es cumplir con las obligaciones que diversas disposiciones legales les marcan en materia de planeación estratégica.

La Ley de Planeación Federal, que se desagrega casi de forma similar tanto a nivel estatal incluyendo el nivel municipal, dispone que justamente el proceso de planeación “…deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos político, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la Constitución Política…”.

Diagnóstico

Para lograr dichos objetivos, la legislación marca diversos fines, procesos, acciones, así como el establecimiento de metas que permitan lograr lo que en campaña, tanto candidatas y candidatos se comprometieron a llevar a cabo.

Si hablamos, por ejemplo, de las diversas autoridades municipales o bien, de las alcaldías recién estrenadas en la Ciudad de México, los presidentes municipales y las y los alcaldes, deberán, según la normatividad respectiva, elaborar un plan de desarrollo en donde plasmen, entre otros aspectos, un diagnóstico de su municipio o alcaldía, un estudio de las fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades, así como las acciones que se comprometen llevar a cabo; deberán indicar la temporalidad en las que las cumplirían y, por si fuera poco, deben integrar los indicadores que midan el desempeño de su gestión administrativa.

Estos instrumentos, de acuerdo con la legislación en materia de transparencia, son documentos públicos, que toda la ciudadanía puede consultar una vez que dichos planes hayan sido elaborados.  En este sentido, el tiempo que generalmente la normativa en materia de planeación establece para la integración de los planes de desarrollo es de alrededor de 4 meses. Como vemos el tiempo es corto, pero recordemos que estamos hablando de administraciones que duran sólo 3 años en su gestión.

Consecuentemente, las autoridades que han ido tomando posesión de sus cargos tanto a nivel municipal, tratándose de las entidades federativas, como de las alcaldías para la gran urbe metropolitana, tienen que empezar de inmediato con la construcción planificada de las acciones y compromisos que por escrito deben plasmar y cumplir.

Planeación

Asimismo, uno de los aspectos en los que se basa la tan referida planeación consiste en que en la programación de acciones que la administración lleve a cabo, debe considerar el sentir de la mayoría de la población, por lo que uno de los rubros que generalmente es exigido en dichos planes, es el alineamiento de las acciones de gobierno con las demandas populares.  Para ello, existen varias formas de resaltarlas, entre las que destacan el acopio de las demandas recogidas en el desarrollo justamente de las campañas electorales; la generación de foros en donde sea convocada la ciudadanía y manifieste sus principales necesidades; recorridos al interior del área de responsabilidad que se va a gobernar para conocer las preocupaciones de los ciudadanos, o bien, el levantamiento de encuestas con ejercicios bien diseñados que muestren las prioridades que el gobierno entrante debe ejercer en materia de políticas públicas.

Todo lo brevemente resumido, constituye el primer eslabón de conducción de la administración pública correspondiente. 

En caso de incumplimiento en la elaboración del propio plan de desarrollo, o bien de alguna de las acciones y metas establecidas en el mismo, constituyen diversas faltas administrativas que, según la normatividad de que se trate, pueden llegar al establecimiento de diversas responsabilidades administrativas y hasta penales.

Por consiguiente, debemos estar atentos no sólo en que se integren dichos planes, sino en la ejecución de los mismos que, dicho sea de paso, deben reportar sus avances y hacerlos públicos de manera trimestral, semestral y hasta anual. Así, que en su oportunidad hablaremos del desarrollo y desempeño de la gestión administrativa en estos niveles. 

¡¡¡Hasta la próxima!!!

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