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Senadores alistan reformas en materia de prisión preventiva oficiosa

Los senadores discutirán al menos siete leyes y dos códigos en materia penal con la reforma al artículo 19 de la Constitución sobre prisión preventiva oficiosa

Escrito en NACIÓN el

Las Comisiones Unidas de Justicia y Asuntos Legislativos segunda del Senado de la República discutirán este lunes el dictamen para armonizar al menos siete leyes y dos códigos en materia penal con la reforma al artículo 19 de la Constitución sobre prisión preventiva oficiosa, y discutir el tema este miércoles, en sesión extraordinaria. 

En un primer proyecto de dictamen, que hasta anoche se modificó y a primera hora de este lunes se circuló entre los senadores integrantes, se indica que la prisión preventiva de oficio puede no imponerse cuando las partes lleguen a un acuerdo reparatorio.

Esa posibilidad se establece en la propuesta de modificación al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que prevé no aplicar la medida cautelar, o cambiarla si ya se aplicó, “cuando exista voluntad de las partes para celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato”.

Las Comisiones Unidas sesionarán separadas y luego juntas para discutir el proyecto de dictamen cerca de las 14 horas de hoy. Ambas reuniones se llevarán a cabo de forma presencial en el Senado y serán de acceso restringido.

Una de las propuestas que destaca en el proyecto es el agregado al artículo 480 de la Ley General de Salud, que formaliza la prisión preventiva oficiosa a quien cometa el delito de narcomenudeo, es decir, quien sin autorización comercie o suministre, incluso gratuitamente, los narcóticos de la Tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato, detalladas en la misma ley. 

El dictamen también prevé reformar los artículos 6, 7 Bis y 8 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, para establecer una pena 14 años de prisión y de 300 a 600 días de multa a quien “ejerza cualquier tipo de presión sobre el electorado” con fondos relacionados a programas sociales.

También reformarían el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que busca sancionar con una pena de 3 a 8 años de prisión y de 100 a 400 días de multa a quien porte armas de uso exclusivo del Ejército o la Marina mexicanos.

La reforma al artículo 160 del Código Penal pretende imponer prisión de 1 a 6 años para quien, con la intención de agredir o formar parte de un ataque o defensa, porte armas de forma ilícita, además del decomiso de las mismas.

Las reformas la Ley de Vías Generales de Comunicación pretende encarcelar de 2 a 9 años a quien dañe, perjudique o destruya, las vías de comunicación, medios de transporte o interrumpa la construcción de éstos. 

Con la reforma al artículo 19 de la Constitución, se aprobó la prisión preventiva de oficio a quien se acuse de haber cometido delitos como abuso sexual contra menores, delincuencia organizada, feminicidio, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción, robo al transporte de carga, delitos en materia de hidrocarburos y de desaparición forzada.


kach