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Pasajeros podrán pedir indemnización por demora en vuelos

Si la demora es mayor a cuatro horas, será compensado con el monto total del boleto y una indemnización equivalente al 25% del valor del boleto

Escrito en NACIÓN el

Los usuario de las aerolíneas podrán solicitar a éstas una indemnización cuando su vuelo registre una demora sea superior a dos horas e inferior a cuatro, a partir de este lunes.

La indemnización será mínima del 7.5% del valor del boleto en su próximo viaje, pero si la demora es mayor a cuatro horas, será compensado con el monto total del boleto (tarifa completa) y una indemnización equivalente al 25% del valor del boleto.

En caso de que decida no efectuar el viaje el pasajero podrá solicitar la devolución del costo de su boleto, siempre y cuando lo comunique dentro de las 24 horas contadas a partir de haberlo comprado.

Esto se debe luego de que en el Diario Oficial de la Federación (DOF), fueron publicadas las reformas las Leyes Federal de Protección al Consumidor y de Aviación Civil, en donde detallan que cuando la demora del vuelo sea superior a una hora e inferior a dos, se aplicarán las políticas de compensación de cada permisionario o concesionario.

Asimismo se encuentran los beneficio: que la Profeco deberá establecer mecanismos para regular los módulos de atención al pasajero, a fin de garantizar que sus procedimientos se hagan de forma sencilla y expedita; se exenta de un pago adicional a las personas con discapacidad por el traslado de instrumentos inherentes a su condición, ni a los menores de dos años por la expedición de su boleto o la impresión de su pase de abordar.

De igual manera, el usuario podrá trasladar en el avión hasta 25 kilogramos de equipaje documentado y hasta 10 kilogramos de equipaje de mano, sin costo alguno y así se evitarán cobros excesivos o indebidos.

Con información de El Universal