Main logo

Los riesgos de la “Ley Mordaza” aprobada por los diputados

Lo que destaca de esta reforma es el interés de enfatizar el uso de los medios, en los que se incluyen el internet y las redes sociales

Escrito en NACIÓN el

Pasando prácticamente desapercibida, la Cámara de Diputados aprobó por consenso  una reforma al Código Civil Federal, referida a daño moral, la cual tipifica como delito comunicar, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, la imputación de hechos ciertos o falsos a una persona física o moral, cuando pueda causarle deshonra, descrédito, perjurio, o exponerlo al desprecio de alguien.

También puedes leer: Estos son los pendientes que dejó el Congreso para 2018

Lo que destaca de esta reforma es el interés de enfatizar el uso de los medios, en los que se incluyen el internet y las redes sociales, y todo lo que se publica en ellas. También es de llamar la atención que la iniciativa fue presentada apenas el 5 de diciembre pasado y fue dictaminada en “fast track”.

Si bien la mayor parte del contenido de la fracción I del artículo 1916 del citado código ya está vigente, a iniciativa del diputado del PRI, Pablo Elizondo García, se quiso plasmar en la ley que las acusaciones comunicadas a una o más personas pueden ocurrir a través de los medios de comunicación de cualquier tipo.

Leopoldo Maldonado, abogado de la organización Artículo 19, señaló que si bien la libertad de expresión está amplia y robustamente protegida por la jurisprudencia nacional e internacional, en el actual momento político, que plantea una regresión en materia de derechos humanos, sí hay que estar muy alerta.

El jurista apuntó que es evidente que con este tipo de reformas se quiere mandar un mensaje para inhibir y amordazar, pero insistió en que hay bastantes salvaguardas que protegen la libertad de expresión a través de la jurisprudencia de la Corte que es obligatoria para todos los tribunales del país.

En el dictamen que aprobó la Comisión de Justicia, encabezada por el diputado también del PRI, Álvaro Ibarra Hinojosa, se refiere que en su iniciativa, el legislador Elizondo enfatizó que en la actualidad no se encuentra tipificado el delito de injuria en el Código Penal Federal y que junto con la difamación y la calumnia fueron despenalizados en 2007.

Sin embargo, señala, eso no significa que el daño moral que se provoca no pueda ser sancionado con una pena de carácter civil, “por medio de una indemnización dependiendo del grado de afectación moral que sufra la víctima”.

Es de hacer notar que en su argumentación no se observa alguna preocupación por el hecho de que las imputaciones puedan ser ciertas o que, tratándose de servidores públicos, éstos y su actuación deben estar sujetos al escrutinio público.

El dictamen de esta iniciativa fue sometido al Pleno de la Cámara de Diputados el jueves 14 de diciembre, como parte de un paquete temas del orden del día que por no ser polémicos y tener el consenso de las fuerzas políticas, son colocados en “formación escopeta” y son aprobados sin discusión y de manera expedita.

La reforma fue aprobada por 386 votos, y si bien todavía no está disponible la forma en que votaron los diputados en lo individual, es evidente que no sólo contó con el apoyo del PRI y sus partidos aliados. Por el consenso fue incluida en el paquete en “formación escopeta”.

Se buscó la posición del coordinador de la fracción del PRD, Francisco Martínez Neri, quien respondió a través de sus asistentes que no estaba familiarizado con el tema, y de la coordinadora de Morena, Rocío Nahle y no se obtuvo respuesta.