La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunciará por primera vez sobre el impacto de la prohibición absoluta del aborto en El Salvador. La resolución podría marcar un precedente para las obligaciones de los Estados ante casos de emergencia obstétrica en contextos donde aún se criminaliza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos. 

Pese al avance de la lucha por la despenalización del aborto en América Latina aún existen paises en los que la penalización del aborto es absoluta. Tal es el caso de Nicaragua, Honduras, República Dominicana, Chile y El Salvador. 

En El Salvador, a través de dos reformas (una realizada al Código Penal y otra a la Constitución) se penalizó el aborto en todas sus formas desde 1998, con lo cual se castiga a las mujeres hasta con 50 años de cárcel y con 12 al personal médico que realiza la intervención.

LEE: “Interrupción del embarazo desde la experiencia de las mujeres”: libro

La Corte Interamericana y el Caso Manuela

Tras 9 años de ser analizado por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), el Caso Manuela contra el Estado de El Salvador está cada vez más cerca de sentar un precedente histórico para el acceso de las mujeres a servicios de salud sexual y reproductiva sin estereotipos de género, ni criminalización institucionalizada.

Manuela fue una mujer salvadoreña de 33 años que sufrió un aborto espontáneo, como emergencia obstétrica. Mientras estuvo recuperándose en el hospital, fue encadenada y denunciada por personal de salud. Al salir, fue condenada a 30 años de cárcel, donde murió de cáncer dos años después por falta de atención médica.

Su caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2012, donde este órgano concluyó que el Estado de El Salvador fue responsable por la violación de los derechos a la vida, libertad personal, garantías judiciales, vida privada, igualdad ante la ley, protección judicial y derecho a la salud de Manuela y emitió recomendaciones que, lamentablemente, no fueron escuchadas por autoridades salvadoreñas.

LEE: Mitos y realidades sobre la despenalización del aborto

Hoy, el caso de Manuela se encuentra en espera de un fallo definitivo por parte de la Corte IDH, que tendrá la oportunidad histórica de pronunciarse sobre cómo la criminalización absoluta del aborto afecta a los derechos de las mujeres ante una emergencia obstétrica, así como de visibilizar que el personal de salud debe proteger la salud sexual y reproductiva de las mujeres a través del secreto profesional. Así señalaron Carmen Cecilia Martínez y Morena Herrera, integrantes del equipo defensor del caso, en su artículo “Criminalización de los procesos reproductivos de niñas y mujeres en El Salvador: avances desde el derecho internacional y próximas oportunidades”.

“La legislación de El Salvador penaliza de manera absoluta el aborto desde 1998, y su impacto llega al punto de criminalizar a mujeres y niñas por procesos reproductivos que, por lo general, están fuera de su control, tales como abortos espontáneos, partos precipitados, y otras emergencias obstétricas”, destacan las expertas.

LEE: ¿Por qué el pañuelo verde representa la lucha por el aborto legal?

De 1998 a 2019, al menos 181 mujeres han sido sentenciadas a entre 30 y 50 años de prisión por los delitos de aborto u homicidio tras haber sufrido alguna emergencia obstétrica o complicación en su embarazo, según el informe “Del Hospital a la Cárcel”. La mayoría de ellas, jóvenes, en situación de pobreza y con bajos niveles de estudios. 

Los costos de la penalización absoluta del aborto

De acuerdo con la organización Ipas CAM, la penalización absoluta del aborto ha generado un ambiente de persecución y criminalización de las mujeres en situación de aborto o durante la atención a emergencias obstétricas, con efectos devastadores sobre su vida y la de sus familias.

Tres de los siete países de Latinoamérica que penalizan absolutamente el aborto están en Centroamérica: Nicaragua, Honduras y El Salvador, orillando a niñas, adolescentes y mujeres de la región a enfrentar un contexto generalizado de violencia, con altos índices de impunidad, falta de políticas públicas de prevención y atención a víctimas y, más aún, de atención integral a la salud sexual y reproductiva.

“Estamos en vísperas de una resolución que, por ser vinculante, podría cambiar la realidad de miles de mujeres en la región al observar que el personal de salud no deberá denunciar más a quienes requieran sus atenciones por causa de una emergencia obstétrica, que las regulaciones y sistemas judiciales deberán aplicar por lo menos criterios de excepcionalidad para evitar juzgar y encarcelar mujeres por el delito de aborto y que los servicios de salud y de justicia deberán abstenerse de brindar atenciones y establecer criterios basados en estereotipos de género que afecten la vida y derechos de niñas, jóvenes y mujeres. Estamos cerca de que la historia de Manuela nos cambie a todos. A todas”, destacó María Antonieta Alcalde, Directora para Ipas Centroamérica y México (Ipas CAM).

Con información de: Ipas CAM

inud