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Tulancingo aplicará multa o arresto por no usar cubrrebocas

El ayuntamiento de Tulancingo aprobó el uso obligatorio de cubrebocas y sus respectivas sanciones por el incumplimiento, que van desde la multa o ir a la cárcel

Escrito en HIDALGO el

TULANCINGO.- Tulancingo aplicará multa o arresto a quien no acate el uso obligatorio del cubrebocas, acuerdo aprobado en cabildo en la sesión extraordinaria número 54.

El punto de acuerdo establece la creación del artículo 215 Bis en el Bando de Policía y Buen Gobierno a fin de que el cubrebocas forme parte de las medidas obligatorias a acatar para la contención de propagación del covid-19.

CUÁNDO ES OBLIGATORIA

Sera obligatorio su uso cuando se transite en la vía pública, a bordo de vehículos e igualmente al trasladarse en motonetas, motocicletas y similares.

En el caso de los motociclistas cuyo casco cubra la cara, quedaran exentos de la medida.

Para personas que vayan a bordo de automotores que no sean del transporte público también deberán utilizarlo.

La portación estará obligada al hacer uso del transporte público en cualquiera de sus modalidades y será exigible para operadores.

El cubrebocas también deberá portarse de manera obligatoria al acudir a mercados, plazas, tianguis, centros de abasto, centros comerciales y similares, (siempre que estos puedan operar, de conformidad con las disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias).

Comerciantes, empleados, dependientes también se incluyen a la medida así también queda obligado al uso la mascarilla protectora a personas que realicen comercio en la vía pública de forma fija, semifija ambulante y ocasional.

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En el caso del ámbito gubernamental, abarca a empleados, dependientes y en general para todas las personas que se encuentren al interior y a quienes ingresen a oficinas y dependencias de gobierno municipal para trámites.

SANCIONES POR NO USAR CUBREBOCAS

En materia de sanciones, el artículo 215 cita amonestación con apercibimiento de la aplicación de una sanción mayor.

La multa es de una UMA vigente (86.88 pesos), arresto hasta por 5 horas, suspensión de actividades hasta por 72 horas y en materia comercial y en caso de reincidencia cancelación de licencia de funcionamiento o permiso.

En las sanciones deberá considerarse la gravedad de la falta, naturaleza de actividades del infractor, circunstancias personales es decir si es primer infractor o reincidente, además del riesgo de contagio en que coloco a otras personas.

PARA TOMAR EN CUENTA

En el ordenamiento aprobado se detalla el uso adecuado del utensilio sanitario, el cual debe cubrir por completo boca y nariz de forma ajustada.

Este acuerdo deberá turnarse para su revisión a la coordinación jurídica del gobierno del Estado, para ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) para entrar en vigor un día posterior.

Las instancias que vigilaran el cumplimiento del artículo son las direcciones de Sanidad, Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad, así como Reglamentos y Mercados.

 

jgp