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Sobreseen amparo de Damián Sosa; no apeló sentencia

Autoridades del Estado de México y la Ciudad de México reportaron que no tienen órdenes de aprehensión contra Damián Sosa

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.– Debido a que no hay órdenes de aprensión en su contra, el Poder Judicial de la Federación (PJF) sobreseyó el juicio de amparo que promovió en 2020 Oscar Damián Sosa Castelán, hermano de Gerardo S.C., vinculado a proceso por presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La sentencia dentro del juicio de amparo 864/2020-IV-B que ya causó ejecutoria porque no fue apelada, exhibe que Bertha Patricia Orozco Hernández, jueza Primera de Distrito en el Estado de Hidalgo, resolvió concluir el asunto por inexistencia de los actos reclamados; es decir, de cualquier orden de aprehensión, detención y comparecencia girada en contra de Damián Sosa.

En el expediente quedó asentado que no eran ciertos los actos que reclamó el excandidato de Morena por la alcaldía de Tulancingo, en contra del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl.

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Lo mismo ocurrió con el Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, Reclusorio Norte; Oriente y Sur, pues al rendir sus informes dentro del juicio, manifestaron que no contaban con órdenes de detención; mientras que Damián Sosa no ofreció prueba alguna para desvirtuar dicha negativa.

Consecuentemente, al no demostrarse la existencia de los actos reclamados, con fundamento en el artículo 63, fracción IV, de la Ley de Amparo, lo procedente es sobreseer en el presente juicio”, muestra la sentencia.

NO INGRESÓ RECURSO CONTRA SENTENCIA

Damián Sosa no ingresó ningún recurso para recurrir la sentencia emitida por el Juzgado Primero, por lo que la resolución ya causó ejecutoria. Esto implica que el expediente será remitido al archivo “como asunto totalmente concluido”.

Cabe recordar que este escrito de demanda fue recibido en el Juzgado Primero el 19 de octubre de 2020, pero fue hasta el día 30 ese mismo mes cuando se admitió a trámite y se requirió a las autoridades responsables para que rindieran su informe justificado.

Y aunque esta demanda ya fue archivada, subsiste un juicio de amparo diverso en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo cuya audiencia constitucional se desahogará el próximo 30 de marzo de 2021.

 

sjl