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¿Rentas una casa o local y no pagas impuestos? El SAT va tras de ti

El SAT cobre el IVA e ISR al arrendador, quien además tiene que estar inscrito en el RFC y realizar sus declaraciones mensuales

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- La presentación de declaraciones, el pago del IVA e ISR, así como la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), son algunos de las obligaciones que tienen las personas arrendadoras con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Muchas personas en México tienen inmuebles rentados, ya sea como casa habitación o locales comerciales, pero desconocen que sus ingresos tienen que notificarse y pagar impuestos ante el estado mexicano.

Estos impuestos están determinados en el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del IVA (LIVA), la Ley del ISR (LISR) y otras reglas en México.

OBLIGACIONES CON EL SAT

Inscribirse en el RFC.

Mantener actualizada tu información ante el RFC, en los casos de cambio de domicilio, aumento o disminución de obligaciones y suspensión de actividades.

Llevar tu contabilidad, si optaste por deducciones propias de tu actividad.

Expedir comprobantes electrónicos cuando recibas el importe de las rentas en las cuales debes anotar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate.

Solicitar comprobantes fiscales

Presentar declaraciones: provisionales de ISR, definitivas de IVA, anual (durante el mes de abril de cada ejercicio) e informativas.

QUÉ IMPUESTOS SE PAGAN AL RENTAR UNA CASA

Los arrendadores tienen la obligación del pago de ISR e IVA a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El primero se paga mensualmente, y si tienes ingresos menores a los 26 mil 411.52 pesos al mes, se paga cada trimestre. Estas disposiciones se detallan en los artículos 106 y 96 de la LISR.

Las tablas para calcular el pago del ISR para personas físicas en el Régimen de Arrendamiento se publican cada inicio de año en la Resolución Miscelánea Fiscal, y se calculan para arrendadores con ingresos mensuales desde 644 pesos y de los 324 mil 845 pesos en adelante.

Lee más en LSR Hidalgo: Pago de tenencia vehicular Hidalgo: ¿cuándo, cuánto y qué beneficios obtengo?

Para el pago trimestral, el rango de ingresos va de los mil 933 y 974 mil 535 pesos en adelante.

¿Cuándo no se paga ISR y cuándo sí?

Los niveles de las tasas que se aplican de ISR dependen del nivel de ingresos, van desde 0 por ciento cuando se tienen ingresos mensuales menores a los 644.58 pesos, y hasta 32 por ciento para alguien con ingresos de 350 mil pesos mensuales.

La fórmula para calcular la tasa de ISR es la misma que se aplica para personas empleadas, es decir con base a las tablas publicadas cada inicio de año en la Resolución.

Esto es lo que le descuentan a tu sueldo de ISR.

IVA

De acuerdo al artículo 20 de la Ley de IVA, fracción II, no se pagará este impuesto por el uso o goce temporal de inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa-habitación.

El pago del IVA de 16 por ciento debe realizarse cada mes, y aplica a la renta de locales comerciales, casa habitación amueblada o inmuebles que se destinen o utilicen como hoteles o casas de hospedaje.

COMPROBANTES FISCALES DIGITALES (CFDI)

Para expedir comprobantes fiscales digitales (CFDI) se necesitas: firma electrónica avanzada vigente; tramitar en el SAT el certificado para el uso de sellos digiales; remitir los CFDI al SAT antes de su expedición, para que valide los requisitos, asigne folio, e incorpore el sello digital del SAT, además de emitir documentos digitales de CFDIs a los clientes (arrendatarios).

LAS DECLARACIONES

Los que sueñan con vivir de sus rentas tienen que presentar declaraciones provisionales mensuales o trimestrales de ISR.

De IVA cada mes en caso de rentar un local comercial o casa habitación. También la anual durante el mes de abril de cada ejercicio inmediato anterior. Estas se presentan más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago.

También deben hacer declaraciones informativas, en el caso de que se reciban otros ingresos en efectivo, en moneda nacional, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a los 100 mil pesos.

En caso de contar con trabajadores a los cuales les efectuaste pagos por sueldos y a las que les realizaste pagos por concepto de subsidio para el empleo (sólo para ejercicios 2016 y anteriores).

Si tus ingresos totales del ejercicio inmediato anterior, no excedieron los cuatro millones de pesos, quedas relevado de presentar la información de operaciones con terceros (DIOT) y de enviar la contabilidad electrónica.

DEDUCCIONES PARA LOS ARRENDADORES

El artículo 115 de la LISR detalla que quienes ponen en renta un bien inmueble pueden deducir los pagos efectuados por el impuesto predial correspondiente al año calendario sobre dicho inmueble, contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas que afecten a los mismos.

Los gastos de mantenimiento que no impliquen adiciones o mejoras al bien de que se trate y por consumo de agua, siempre que no los paguen quienes usen o gocen del inmueble.

Los intereses reales pagados por préstamos utilizados para la compra, construcción o mejoras de los bienes inmuebles, siempre y cuando obtenga el comprobante fiscal correspondiente. Se considera interés real el monto en que dichos intereses excedan del ajuste anual por inflación.

Los salarios, comisiones y honorarios pagados, así como los impuestos, cuotas o contribuciones que conforme a la LISR les corresponda cubrir sobre dichos salarios efectivamente pagados.

El importe de las primas de seguros que amparen los bienes respectivos, y las inversiones en construcciones, incluyendo adiciones y mejoras.

¿Y SI NO PAGO IMPUESTOS?

Si estás dado de alta como arrendador, las personas están obligadas a presentar declaraciones y pago de impuestos.

Si el SAT detecta la llegada de ingresos sin el pago y declaración de impuestos, el fisco puede hacer una revisión hasta de los últimos cinco años de ejercicio fiscal.

Si se opera en la informalidad, es decir, no estás en el RFC, no expides CFDI, no llevas contabilidad, y el fisco detecta estos ingresos, pueden revisar hasta los últimos 10 años, de acuerdo con información del Colegio de Contadores Públicos de México.

Por ingresos no declarados, además de los impuestos, el SAT te cobrará actualización, recargos y multas. Para desvirtuar la presunción, el contribuyente tiene entre 15 y 20 días.

¿CÓMO DENUNCIAR LA EVASIÓN DE IMPUESTOS?

Si el arrendador no expide un comprobante fiscal digital por cada pago de renta, significa que no está al corriente de sus obligaciones fiscales.

El SAT tiene distintos medios de contacto para atender a contribuyentes que presenten quejas o denuncias relacionadas con: evasión fiscal, omisión en el pago de la participación de los trabajadores en las utilidades, contrabando, lavado de dinero, servicios proporcionados al contribuyente y en contra de agentes aduanales.




emh