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Regulación de marihuana fomenta la paz y libertad social: Menchaca

Con 82 votos a favor, el senado aprobó en lo general y particular el dictamen para la regulación del cannabis

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- El senador hidalguense Julio Menchaca Salazar explicó que el objetivo de aprobar una Ley Federal para la Regulación del Cannabis es fomentar la paz y las libertades de la sociedad mexicana, contribuyendo a disminuir el mercado ilegal del cannabis psicoactivo y con ello mermar una fuente importante de ingresos para el crimen organizado.

El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular, la legislación que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, así como del Código Penal Federal.

Menchaca Salazar señaló que esta ley atenderá el uso de la planta bajo los principios de respeto a los derechos humanos, fomento a la paz, salud pública, protección de grupos vulnerables y justicia social.

Además de combatir el consumo problemático del cannabis psicoactivo con un enfoque de salud pública, a través de medidas de prevención e intervención oportuna, atención, tratamiento, recuperación, rehabilitación y reinserción social.

El hidalguense agregó que la legislación da cumplimiento a la Declaratoria General de Inconstitucionalidad emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que consideró que la prohibición del cannabis transgrede el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

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(Foto: Cortesía Julio Menchaca)

El también presidente de la Comisión de Justicia reconoció que las medidas que el Gobierno Federal adopte sobre la regulación del cannabis y sus derivados deberán siempre garantizar la protección de grupos en situación de vulnerabilidad que, por sus condiciones, características o por haber sido afectados por el sistema prohibitivo, tendrán una atención prioritaria.

Este dictamen marcará a la LXIV Legislatura, pero finalmente se “pone orden en el uso de una planta que ha sido estigmatizada por más de 100 años mediante una política prohibicionista que persigue y criminaliza a quien la consume, misma que ha provocado violencia, crimen organizado y un ambiente de inseguridad para los mexicanos”, declaró.

ACERCA DE LA LEY FEDERAL PARA LA REGULACIÓN DEL CANNABIS

El Senado de la República aprobó dicha ley con un total de 82 votos a favor en lo general y en lo particular, que en su conjunto representan la mayoría calificada de la Cámara de Senadores, por lo que se avaló el dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia; de Salud; y de Estudios Legislativos, Segunda.

La rectoría sobre la cadena productiva del cannabis estará a cargo de la Secretaría de Salud a través del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis. Dicho órgano será desconcentrado y contará con una Dirección General, cuya persona titular será nombrada y removida por el titular de la Secretaría de Salud.

ACERCA DEL CONSUMIDOR

En cuanto al consumo adulto, queda permitido, siempre que no se realice frente a alguna persona menor de 18 años y cualquier otra imposibilitada para manifestar expresamente su consentimiento o que pudiera resultar expuesta al impacto nocivo del humo de segunda mano.

Para el autoconsumo, se limita a la cantidad de 6 plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación de quien la consume.

En caso de que en el domicilio viva más de una persona consumidora mayor de edad, el monto de plantas de cannabis de efecto psicoactivo y el producto de la cosecha de la plantación no podrá exceder de ocho.

(Foto: Imagen de sitio ABC.es)

VENTA DEL PRODUCTO

Con respecto a la venta del cannabis psicoactivo y sus derivados estará permitida para uso adulto sólo dentro del territorio nacional y se delimita a los establecimientos autorizados por el Instituto, quienes deberán obtener una licencia expedida por éste, así como cumplir los requisitos que la Ley Federal establezca.

(Foto: Ilustrativa sitio La Marihuana)

RESPECTO A LAS SANCIONES

Cabe resaltar que en aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en las entidades federativas y se impondrá una multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La posesión del cannabis psicoactivo sólo será sancionable penalmente cuando sea superior a los 200 gramos.

Se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas, con lo que se abre la puerta para el aprovechamiento industrial de este componente que puede tener amplios usos para distintos productos, como las fibras textiles, los combustibles ecológicos, los materiales de construcción, así como el papel.


jgp