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Reconoce SCJN atribuciones de alcaldía de Pachuca para emitir licencia

La SCJN anuló un oficio de la Secretaría de Obras estatal en donde señalaba que el municipio de Pachuca carecía de atribuciones para emitir licencias

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que la alcaldía de Pachuca cuenta con facultades para expedir licencias en materia de desarrollo urbano.

Este lunes a través de un comunicado, la SCJN se pronunció respecto a la controversia constitucional 223/2019 que promovió el Municipio de Pachuca de Soto el año pasado en contra del Poder Ejecutivo de Hidalgo quien, a través de la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, pretendía limitar la emisión de licencias de urbanización.

Sin embargo, la Suprema Corte reconoció la validez del artículo 33 de la ‘Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial de Hidalgo’, numeral que especifica que a partir de la fecha de inscripción de un programa de desarrollo urbano y ordenamiento territorial en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, la autoridad municipal podrá expedir licencias o autorizaciones en dicha materia.

La SCJN argumentó que dicha ley de asentamientos estatal no contrapone a las atribuciones del municipio de Pachuca y a su vez, es congruente con el artículo 115 de la Constitución Política de México, el cual precisa que los “municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley”.

SCJN INVALIDA OFICIO DE LA SOPOT 

Adicional al posicionamiento respecto a la expedición de licencias, la Suprema Corte invalidó el oficio SOPOT/0128/2019.

Mediante este documento, la Secretaría de Obras de Hidalgo pidió en 2019 al municipio de Pachuca abstenerse de otorgar, expedir o autorizar licencias de urbanización, régimen de propiedad en condominio, fraccionamiento, subdivisión, fusión y uso de suelo, por carecer de atribuciones. 

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Sin embargo, la SCJN determinó el oficio en mención “carecía de la debida fundamentación y motivación”, por lo que fue invalidado. 

ANTECEDENTE 

Cabe recordar que la controversia constitucional fue promovida en el segundo semestre de 2019 por la administración municipal a cargo de la panista Yolanda Tellería Beltrán.

 

jgp