PACHUCA. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que la alcaldía de Pachuca cuenta con facultades para expedir licencias en materia de desarrollo urbano.
Este lunes a través de un comunicado, la SCJN se pronunció respecto a la controversia constitucional 223/2019 que promovió el Municipio de Pachuca de Soto el año pasado en contra del Poder Ejecutivo de Hidalgo quien, a través de la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, pretendía limitar la emisión de licencias de urbanización.
Sin embargo, la Suprema Corte reconoció la validez del artículo 33 de la ‘Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial de Hidalgo’, numeral que especifica que a partir de la fecha de inscripción de un programa de desarrollo urbano y ordenamiento territorial en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, la autoridad municipal podrá expedir licencias o autorizaciones en dicha materia.
La SCJN argumentó que dicha ley de asentamientos estatal no contrapone a las atribuciones del municipio de Pachuca y a su vez, es congruente con el artículo 115 de la Constitución Política de México, el cual precisa que los “municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley”.
SCJN INVALIDA OFICIO DE LA SOPOT
Adicional al posicionamiento respecto a la expedición de licencias, la Suprema Corte invalidó el oficio SOPOT/0128/2019.
Mediante este documento, la Secretaría de Obras de Hidalgo pidió en 2019 al municipio de Pachuca abstenerse de otorgar, expedir o autorizar licencias de urbanización, régimen de propiedad en condominio, fraccionamiento, subdivisión, fusión y uso de suelo, por carecer de atribuciones.
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Sin embargo, la SCJN determinó el oficio en mención “carecía de la debida fundamentación y motivación”, por lo que fue invalidado.
ANTECEDENTE
Cabe recordar que la controversia constitucional fue promovida en el segundo semestre de 2019 por la administración municipal a cargo de la panista Yolanda Tellería Beltrán.
jgp