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Pendiente trámites de actas de nacimiento para “trans” en municipios

La organización Transgénero Hidalgo señaló que tienen en puerta 10 trámites para que personas de la comunidad trans reciban una nueva acta de nacimiento

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA. – A más de un año de que el Congreso local reformó la Ley para la Familia del Estado a fin de reconocer la identidad de género, la organización Transgénero Hidalgo señaló que el trámite solo se puede realizar en uno de los 84 municipios de la entidad.

En entrevista, la representante de la asociación, Karen Quintero indicó que uno de los temas pendientes con las personas trans es que la rectificación de actas de nacimiento se realice en todo Hidalgo y no solo en la capital, Pachuca.

Lo anterior, tras argumentar que quienes requieren realizar el trámite deben trasladarse de su lugar de origen hasta Dirección del Registro del Estado Familiar del Poder Ejecutivo.

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Que la rectificación de nombre y género que no solo sea en Pachuca, sino en cada municipio porque si pelamos mucho en Hidalgo por esta iniciativa, era para que no gastaran y se trasladaran hasta Ciudad de México”, dijo Karen Quintero tras enunciar que esta será una de las propuestas que plantearán en la renovación del Congreso local.

Actualmente, Transgénero Hidalgo cuenta con un censo de 10 personas habitantes de Tulancingo, Tula y Pachuca que iniciarán su trámite para obtener una nueva acta de nacimiento, documento que prevén tener listo para la conmemoración del Día de la Remembranza Trans.

Sin embargo, también señaló que es derecho de la ciudadanía acudir de forma personal a modificar su documentación.

En la última semana de octubre de 2019, cinco personas de la comunidad trans en Hidalgo recibieron una nueva acta, luego de que en abril de esa misma anualidad los legisladores aprobaron reformas en la Ley de la Familia de Hidalgo para que las personas de la comunidad LGBTTTI+ lograran cambiar su identidad de género.

El Capítulo VIII de dicha normativa contempla que el trámite se puede llevar a cabo sin la necesidad de acreditar intervención quirúrgica, terapia, diagnóstico u otro procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Las personas mayores de edad son quienes pueden requerir una nueva acta, asentando el nombre elegido y el género adoptado.

Una vez cumplido el trámite, el artículo 214 Quater enuncia que, “se enviarán los oficios con la información, en calidad de reservado, a la Secretaría de Gobernación, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Salud, Secretaría de Relaciones Exteriores, Instituto Nacional Electoral, Tribunal Superior de Justicia de Hidalgo, Procuraduría General de la República y del Estado.


 

 

emh