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Más de 70 alcaldes impusieron medidas violatorias de derechos humanos

Ediles de la entidad alcanzaron el tercer lugar nacional por la severidad de las acciones para prevenir contagios por Covid-19

Escrito en VERACRUZ el

Xalapa, Ver.- Alcaldes de Veracruz se posicionan en tercer lugar a nivel nacional por imponer medidas “sanitarias” por coronavirus, que resultan violatorias de los derechos humanos. Un total de 77 Presidentes Municipales de diferentes fracciones partidistas ordenaron cierre de fronteras municipales, y cierre de carreteras, restricciones severas al libre tránsito.

Este 28 de abril se dio a conocer el informe Observaciones Sobre Violaciones a Derechos Humanos Durante la Contingencia Sanitaria por Covid-19, en el que el gobierno de Morena exhibe que en 15 de las 32 entidades federativas alcaldes y gobernadores, la mayoría de oposición, impusieron medidas que incitan a la violación de garantías constitucionales.

La Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, a cargo de Alejandro Encinas, documentó que en 340 municipios se restringió el paso de las personas, al decretar medidas en protección de la población para reducir el riesgo de contagio por coronavirus, de los cuales 77 están en territorio veracruzano.

El documento aclara que el derecho al libre tránsito por todo el territorio nacional no puede ser restringido por el cierre de caminos o carreteras, de fronteras entre estados o municipios, ni por otras medidas que restrinjan la movilidad de las personas. Y que ninguna autoridad podía imponer un toque de queda.

Si bien la intención de la Jornada Nacional de Sana Distancia era la  reducción de la movilidad de las persona, imponer la obligatoriedad del resguardo domiciliario mediante el uso de la fuerza pública es una medida lesiva, desproporcional, puede ocasionar abusos de autoridad y no corresponde al objetivo de salvaguardar la salud pública.

La recomendación del Consejo de Salud emitió medidas dirigidas a establecimientos e instituciones, e incentivar a las personas a reducir su movilidad con comunicación y estímulos positivos, ya que resulta más eficaz y menos lesivo a los derechos, disminuir la movilidad cerrando espacios educativos, laborales, culturales y comerciales no indispensables. 

En México, donde más de la mitad de la población trabaja en el sector informal y alrededor del 42% viven en situación de pobreza, una medida coercitiva de restricción a la movilidad no es eficaz y tiene efectos desproporcionales sobre esta población.

Los retenes, cierre de fronteras estatales o municipales, y cierre de carreteras, son restricciones severas al libre tránsito. Los estados y municipios no tienen competencia para dictarlos, salvo que haya una autorización expresa del Consejo de Salubridad General, por ejemplo, para establecer cordones sanitarios. 

Las medidas impuestas por el uso de la fuerza propician actos de abuso de autoridad y pueden tener efectos graves sobre el abasto de alimentos y medicinas; el acceso a servicios públicos, como seguridad y saneamiento, y en las cadenas de suministros de insumos esenciales de salud.

El documento expone que  los accesos controlados por pobladores o autoridades indígenas no suelen contar con las medidas adecuadas de salubridad ni el manejo adecuado ante covid-19; su presencia no garantiza minimizar riesgos y, por el contrario, pone en riesgo a las personas que participan en ellos.

ygr