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Evade tribunal electoral abordar Juicios de regidores inhabilitados de Pachuca

Con dos votos a favor y uno en contra, el Tribunal se declaró incompetente para atender los juicios interpuestos por Pablo Vargas, Carlos Conde y Olivia López

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- Con el voto en contra del magistrado Leodegario Hernández Cortez, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) por mayoría se declaró incompetente para conocer sobre la separación del cargo de los regidores pachuqueños Olivia López Villagrán y Carlos Jaime Conde Zúñiga, además de la negativa para reincorporar al cabildo a Pablo Vargas González.

Esto, luego de que la Contraloría municipal inhabilitó a los tres por un año para ejercer el cargo, con el argumento de que no presentaron su declaración patrimonial, como establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Los tres actores acudieron al Tribunal de Justicia Administrativa, que ordenó la suspensión del acto para que las cosas queden como se encuentran, por lo que pretendieron la reinstalación en la asamblea mediante los juicios ciudadanos 85, 86 y 100 ante el TEEH, además de argumentar discriminación por parte del alcalde Sergio Baños Rubio y violencia política.

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El magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez, quien resolvió los asuntos, señaló que este último agravio es inoperante, pues los actores no acreditan su dicho, no presentaron ninguna prueba de que hayan sido agraviados. Por el tema de discriminación, se ordenó dar vista a la Comisión de Derechos Humanos de Hidalgo (CDHEH).

Asimismo, el magistrado y su compañera Rosa Amparo Martínez Lechuga señalaron que el asunto no es de competencia electoral, sino que el acto es de carácter administrativo, por lo que están imposibilitados para pronunciarse.

Sin embargo, el magistrado Leodegario Hernández Cortez se apartó de la propuesta con el argumento de que existe una suspensión del acto reclamado para que el asunto permanezca en el estado actual.

Aunque refieren algunas cuestiones sobre la legalidad del procedimiento, no es materia electoral, en el 85 se quejan de la toma de protesta de los suplentes y de la obstaculización del desempeño del cargo. En el cien uno de los actos de los que se duele es que se le reincorpore. Estos tres actos nos dan suficiente materia para ingresar al fondo del asunto planteado”.

 

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