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Denuncian a MP y juez de Tulancingo por anomalías en caso de abuso sexual

La madre del imputado señaló que el MP no registró la detención ni puesta a disposición y el juez giró orden de aprehensión sin resultados de la investigación

Escrito en HIDALGO el

TULANCINGO.- El juez de control Víctor M. B., la perito en psicología Miriam A. P. y el ministerio público Antonio M. G. fueron denunciados ante la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJH), la Fiscalía General de la República (FGR), órganos de control y la Comisión de Derechos Humanos del Estado (CDHEH) por presuntas irregularidades en un proceso legal por abuso sexual agravado.

El 20 de marzo de 2020, Roberto R. V. fue asegurado en el hotel Colonial por elementos de la Policía Investigadora, por el ilícito supuestamente cometido contra su hija; desde entonces permanece recluido en el Centro de Readaptación Social (Cereso) de Tulancingo.

Sin embargo, Mónica, madre del imputado, señaló que existen anomalías en el proceso legal, como que el MP no realizó el registro de la detención ni de la puesta a disposición ante la autoridad. Además, presuntamente giró la orden de aprehensión sin contar con los resultados de la investigación preliminar.

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Aseguró que el juzgador no le permitió el plazo constitucional –de hasta 144 horas según el Código Nacional de Procedimientos Penales– para reunir las pruebas necesarias previo a la audiencia de vinculación a proceso. También acusó obstaculización en la entrega de información y peritajes en tiempo y forma.

Nos soltó la batería de pruebas para que la perito forense –de la defensa– las revisara 15 horas antes de la audiencia de vinculación”, declaró.

Miriam A. P. aplicó una prueba psicológica por tres horas a la infanta y en menos de 15 horas determinó la existencia del agravio; no obstante, la defensa solicitó pruebas adicionales con especialistas que no se concedieron, señaló.

Los hechos quedaron consignados en las carpetas de investigación número 12-2021-02275 contra el MP y la perito en psicología, a las cuales deberá dar trámite la procuraduría estatal.

El juzgador también fue señalado porque dictó prisión preventiva oficiosa a Roberto sin que entonces el delito de abuso sexual estuviera contemplado por el artículo 167 del código nacional para esa medida cautelar.

La incorporación del ilícito en la Constitución y en el código como una de las conductas que ameritan prisión preventiva oficiosa se determinó en un acuerdo emitido en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de abril de 2019.

En el transitorio segundo se ordenó al Congreso de la Unión reformar el código, lo cual se cumplió apenas el 19 de febrero de 2021. En tanto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que la vigencia del primer acuerdo comenzaba el 13 de abril de 2019, según la jurisprudencia 2022058 del 28 de agosto de 2020.

Por ello, la defensa interpuso ante la FGR la carpeta 950/2021 y ante la Comisión de Disciplina del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo el expediente 72/2020.

Después de la investigación complementaria, aseguró Mónica, se formuló la acusación fuera de tiempo, con el pretexto de la pandemia. Con ello, la defensa solicitó el sobreseimiento.

No dictó el juez la libertad inmediata porque todavía está en revisión el recurso que ingresó la víctima indirecta, en este caso la madre, y el DIF”.

El imputado también acudió ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CDHEH) para que valore probables violaciones a sus garantías individuales. El organismo requirió la comparecencia de los servidores, así como de dos policías investigadores. Sus manifestaciones ya fueron respondidas por la defensa, pero la queja aún se encuentra en proceso de sustanciación.


sjl