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Cierran bibliotecas pero abren cantinas en Santiago de Anaya

El ayuntamiento de Santiago de Anaya estableció nuevas disposiciones sanitarias ante la covid-19, publicadas en el Periódico Oficial del Estado Hidalgo

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SANTIAGO DE ANAYA.-  En el municipio Santiago de Anaya, Hidalgo, se establecieron nuevas disposiciones sanitarias por la covid-19, en donde se establece la apertura de lugares como bares y cantinas, y se suspende el servicio en escuelas, museos, parques o bibliotecas.

Las nuevas disposiciones publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) y establecidas por Edigar Monter Ángeles, en su carácter de presidente municipal entraron en vigor desde el 8 de febrero del presente año.

Así, adiciona el artículo 139 TER del Bando de Policía y Gobierno municipal donde señala: “Estarán obligados a suspender sus actividades en forma total los bares, así como expendios de vinos y licores, expendios de cerveza y cantinas partir de las 18:00 horas”, lo mismo para los comercios de venta de alcohol, tienen autorizado abrir, pero con horario restringido de cierre.

En el mismo artículo mencionan que se suspende en su totalidad las actividades “en parques, escuelas de cualquier nivel educativo, guarderías, bibliotecas, museos, centros comunitarios, casas de cuidado de día para adultos mayores, y salones de fiestas”, así como el cierre de cualquier lugar que favorezca la aglomeración de personas, menciona.

Para los tianguis, se permitirá la instalación siempre y cuando vendan únicamente productos de primera necesidad. Para taquerías, cenadurías y establecimientos que por sus condiciones de servicio funcionen dentro de un horario nocturno, el cierre será a las once de la noche.

En caso de incumplimiento se aplicarán las multas establecidas por el municipio que van desde la suspensión del servicio 72 horas máximo, hasta la cancelación de la licencia de funcionamiento o permiso.

Respecto a las sanciones económicas refiere el escrito no excederán del equivalente a 500 UMAS (44 mil 810 pesos). También habrá sanción por no utilizar el cubrebocas, de una a cinco UMAS como máximo (448 pesos).

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En este apartado quedan exentos los menores de dos años de edad, las personas que debido a un padecimiento o enfermedad tengan dificultades para respirar, o que por algún motivo no puedan quitarse el cubrebocas.

A quien realice eventos masivos públicos y privados, eventos sociales (bodas, bautizos, XV años, comuniones, fiestas en general), sonideros, ferias y eventos deportivos y culturales serán acreedores a una sanción consistente en el equivalente de 10 a cien UMAS (8 mil 962 pesos).

jgp