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Buscan que pacientes en riesgo de muerte hagan testamento en hospital

El legislador Felipe Ernesto Lara propuso que pacientes en peligro de fallecer hagan testamento en hospital mediante dispositivos tecnológicos y con testigos

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- El diputado Felipe Ernesto Lara Carballo propuso reformar el Código Civil para que pacientes en peligro de muertes puedan elaborar su testamento en el hospital, mediante audio y video, con la presencia de tres testigos, que no deberán ser familiares ni beneficiarios.

Los aparatos deberán ser análogos o digitales capaces de grabar audio y video, que permita fielmente su reproducción ante autoridad judicial competente para conocer la voluntad del testador respecto de sus derechos y obligaciones.

Los testigos deberán declarar circunstanciadamente lugar, la hora, el día, el mes y el año en que se otorgó el testamento; si reconocieron, vieron y oyeron claramente al testador; el tenor de la disposición; si el testador estaba en su cabal juicio y libre de cualquier coacción, así como si tuvieron conocimiento de que falleció o no del padecimiento.

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Se practicará en un solo acto y todo deberá quedar grabado, incluyendo la redacción del acta circunstanciada, la cual será firmada por el testador y las personas que en ella intervengan con el carácter de testigos.

No podrá otorgarse dicho testamento sin la presencia de los testigos y sin la constancia médica que verifique que él o la paciente conservó la lucidez de juicio durante todo el acto.

Si el testador no puede o no sabe escribir, bastará la impresión de sus dedos pulgares al calce del acta. El documento surtirá efectos si el autor fallece en el nosocomio.

Los testamentos otorgados en términos del presente capítulo, junto con el acta circunstanciada, quedarán en resguardo del director o administrador del centro médico de que se trate, quien bajo su responsabilidad deberá remitirlo en un plazo no mayor de cinco días hábiles siguientes a la muerte al Archivo General de Notarías del Estado de Hidalgo para efecto de registro, resguardo y salvaguarda correspondiente.

El Archivo General de Notarías del Estado de Hidalgo deberá informar del testamento a la autoridad judicial correspondiente para los efectos legales a que haya lugar.

Sobrellevada o superada la causa o enfermedad que puso en peligro la vida de la o el paciente, y pasados más de 30 días naturales de haberse otorgado conforme al presente capítulo, el testamento quedará sin efectos.

SÓLO 20 DE CADA CIEN REALIZA TRÁMITE

Según el representante plurinominal, México ocupa uno de los últimos puestos en cultura testamentaria, pues apenas entre 17 y 20 de cada cien realizan el trámite, según información de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).

Muchas personas por algún accidente, enfermedad o encontrándose en un estado grave de salud, han tenido que ser hospitalizadas de emergencia, lo cual les complica el poder realizar un testamento ante Notario Público”.

Los pacientes ingresados en hospitales o clínicas, por la gravedad de una enfermedad, son separados y aislados, incluso de sus propias familias, para evitar contagios, como ocurre con los contagiados de covid-19.

Por la pandemia la actividad notarial estuvo suspendida, de ahí la importancia de actualizar la legislación y ajustarlas a las necesidades que se viven, pues el Estado debe garantizar el derecho de elaborar uno.

 

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