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SAT: 5 pasos para activar tu buzón tributario y evitar una multa de $10 mil

Con esta herramienta, el envío de mensajes de interés es ágil y segura, además de que a través de la misma los contribuyentes pueden presentar promociones

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Escrito en DINERO el

Las personas físicas que a partir del primero de enero migraron de otro régimen o que comenzaron a tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) tienen hasta el próximo 30 de junio del 2022 para habilitar su buzón tributario.

La medida está direccionada para aquellas personas físicas que no hayan registrado y/o confirmado los medios de contacto para habilitar el buzón tributario, así como contribuyentes que señalaron un único medio de contacto, un número telefónico o correo electrónico.

{"quote":"“Recuerda que en tu buzón tributario debes tener registrados y actualizados dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, hazlo a la brevedad”, de acuerdo con el SAT."}

Ten en cuenta que, si hasta el 31 de diciembre de 2021 estabas en un régimen distinto y migraste al Resico sin registrar o confirmar medios de contacto para habilitar tu Buzón Tributario, o bien, solo señalaste un medio de contacto, ya sea tu número de teléfono o correo, deberás registrar o actualizar tus medios de contacto adicionando, en su caso, el que te haga falta.

*Ten a la mano tu Contraseña o e.firma, las necesitas para habilitar tu Buzón Tributario o actualizar tus medios de contacto.

Multas

El Código Fiscal de la Federación, en su artículo 86-D, detalla que aquel que cometa la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto se impondrá una multa de 3,420 a 10,260 pesos.

Funciones del buzón

-Portal privado y personalizado del contribuyente (solo visualiza los contenidos que corresponden a su régimen fiscal).

-Reducción de tiempo en trámites que se realizaban de forma presencial.

-Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT así como en las operaciones que se realicen.

-Notificar, vía electrónica, en cualquier momento y en cualquier lugar siempre que se tenga conexión a internet.

-Generar oportunidades para una pronta autocorrección.

-Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.

-Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.

-Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.

-En algunos trámites, el diseño es adaptable a dispositivos móviles, se pueden administrar contenidos favoritos y se tiene acceso a “Mis Expedientes”, entre otras funcionalidades.

¿Cómo habilitar el buzón tributario?

1.-En la esquina superior derecha del portal del SAT está la opción de Buzón Tributario, ahí se debe dar click. Luego se tiene que iniciar sesión: las personas morales deben ingresar con su e.firma; mientras que las físicas pueden hacerlo con su contraseña o la e.firma.

2.- Posteriormente debes iniciar sesión: las personas físicas pueden acceder con contraseña o e.firma, mientras que personas morales únicamente con e.firma.

3.- En la parte superior encontrarás el botón de configuración identificado como una silueta de usuario al que debes dar clic de nuevo.

4.-En esta parte encontrarás un formulario en el que debes capturar tus datos. La dependencia te pedirá de uno a cinco correos electrónicos y un número celular, para que los tengas a la mano.

5.- Luego de proporcionar los datos, la página te pide verificarlos antes de aceptar y después oprimes en continuar.

El sistema preguntará “¿Deseas continuar con el registro de medios de contacto?”, oprime aceptar y el sistema te indicará cuando los datos estén registrados.

Es importante saber que cada correo y el número deberá ser confirmado, para ello recibirás avisos en cada cuenta. Debes ingresar a tus correos y dar clic en los enlaces dentro de ellos para confirmar y en el celular recibirás un SMS con las mismas indicaciones.

Los medios de contacto se pueden modificar a fin de actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras y no existe un número máximo de cambios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

cj